Propiedad, ciudadanía y sufragio en el constitucionalismo español (1808-1845)
DOI:
https://doi.org/10.17811/hc.v0i6.65Palabras clave:
ciudadanía, democracia, propiedadResumen
La relación existente entre propiedad y derecho de sufragio constituyó una de las más importantes diferencias entre las dos alas del liberalismo español (moderado y progresista). La Constitución de Cádiz de 1812 no incluyó requisitos de propiedad para el ejercicio del sufragio, pero tal perspectiva se vio alterada con la entrada en vigor del Estatuto Real. Los moderados incluyeron un sufragio censitario (Constituciones de 1834 y 1845) al que se opusieron con denuedo los progresistas, quienes vindicaron la soberanía popular con unos planteamientos que constituyente el precedente de las ideologías democráticas en España.
Fecha envío: 05/11/2004
Fecha aceptación: 18/02/2005
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