La integración de grandes territorios en la teoría constitucional doceañista
DOI:
https://doi.org/10.17811/hc.v0i14.370Palavras-chave:
Constitucionalismo, Cádiz, Organización Territorial, División de Poderes, Provincias de UltramarResumo
Este artículo describe y analiza el territorio de la Monarquía como elemento de la teoría del Estado de la Constitución de 1812. Como primer caso de regulación constitucional de grandes territorios durante del siglo XIX (más de 14 millones de kms2), la Constitución de Cádiz organizó jurídicamente amplios espacios geográficos en el artículo 10 (Título II, Capítulo I, Del territorio de las Españas) y en el Título VI Del Gobierno Interior de las Provincias y de los Pueblos, conforme a los principios de soberanía nacional, carácter unitario del Estado, descentralización en las provincias (asimétrica en las provincias de Ultramar) y desconcentración en los municipios.
Fecha envío / Submission date:18/07/2012
Fecha de aceptación / Acceptance date:26/09/2012
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