La integración de grandes territorios en la teoría constitucional doceañista

Autores

  • José Joaquín Fernández Alles Universidad de Cádiz

DOI:

https://doi.org/10.17811/hc.v0i14.370

Palavras-chave:

Constitucionalismo, Cádiz, Organización Territorial, División de Poderes, Provincias de Ultramar

Resumo

Este artículo describe y analiza el territorio de la Monarquía como elemento de la teoría del Estado de la Constitución de 1812. Como primer caso de regulación constitucional de grandes territorios durante del siglo XIX (más de 14 millones de kms2), la Constitución de Cádiz organizó jurídicamente amplios espacios geográficos en el artículo 10 (Título II, Capítulo I, Del territorio de las Españas) y en el Título VI Del Gobierno Interior de las Provincias y de los Pueblos, conforme a los principios de soberanía nacional, carácter unitario del Estado, descentralización en las provincias (asimétrica en las provincias de Ultramar) y desconcentración en los municipios. 

Fecha envío / Submission date:18/07/2012

Fecha de aceptación / Acceptance date:26/09/2012

Biografia Autor

José Joaquín Fernández Alles, Universidad de Cádiz

Profesor Titular de Universidad (Área de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz). Premio de Estudios Constitucionales 1812 (2004) del Centro de Estudios Constitucionales 1812. Responsable del Grupo de Investigación SEJ-058 del Plan Andaluz de Investigación. Director de la Facultad de Ciencias del Trabajo (Sede de Algeciras). Actualmente, miembro del Proyecto I+D Consolider Ingenio HURI AGE "Tiempo de los derechos"; del Programa HOST de la Unión Europea sobre inmigración en el el Sur de Europa; y del Programa de Estudios Europeos de la Universidad de Concepción (Chile). Asesor en el Parlamento de Andalucía del Estatuto de Autonomía de 2007.

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Edição

Secção

España: siglos XVIII a XX